La ley reserva el trato pleno a quienes hayan cumplido 52 años a 31 de diciembre de 2026: cada mes cotizado en la mutualidad computará para ellos como un mes completo en el RETA, con efecto íntegro sobre la pensión.

Para todos los demás, impone un recorte: sus derechos se convertirán aplicando un coeficiente reductor de entre 0,67 y 0,87 sobre la base mínima, cifra aún sin cerrar que dependerá de un reglamento pendiente.

El texto ha quedado para su publicación en el BOE y crea una «pasarela» para que los abogados y procuradores que cotizaron durante años en mutualidades privadas —en lugar de en el RETA, el régimen de autónomos de la Seguridad Social— puedan trasladar esos años a su pensión pública.

Fuente: Confilegal

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